Ayudas a proyectos de inversión en la provincia de Teruel 2018

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ORDEN EIE/490/2019, de 10 de mayo, por la que se convocan las ayudas con destino a proyectos de inversión en la provincia de Teruel.

El objeto de estas ayudas es promover actuaciones de inversión para la implantación de nuevas actividades económicas en la provincia de Teruel, así como para la ampliación, mejora y/o modernización de las instalaciones y equipos ya existentes.

Podrán ser objeto de ayuda las personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica, así como las agrupaciones integradas por ellas, las comunidades de bienes y los trabajadores autónomos que vayan a acometer los proyectos de inversión empresarial que fundamenten la concesión de la ayuda.

Quedan excluidas de la ayuda los siguientes IAES:

GRUPO 1. Energía y Agua

GRUPO 21. Extracción mineral metálico

GRUPO 43. Industria Textil

GRUPO 501,502,503, 507 (Construcción, Cimentaciones, Estructuras, Conservación).508 Agrupaciones y UTEs.

GRUPO 63,64,65,66, (Comercio minorista) 67 (Restauración) ,68 (Hospedaje) ,691,699, (Reparaciones).

GRUPO 7. Transportes y comunicaciones.

GRUPO 8. Financieras, seguros y otros servicios a empresas.

El importe mínimo de las inversiones subvencionables ha de ser de 50.000 euros por proyecto y 20.000 euros en caso de municipios de menos de 250 habitantes que hayan perdido población en los últimos cinco años.

La inversión debe realizarse entre 1 de enero de 2018 hasta el 31 de marzo de 2020.

Son subvencionables: La adquisición de activos fijos nuevos, tales como instalaciones técnicas, máquinas y sus accesorios, relacionados directamente con la actividad que constituye el objeto social de la empresa y deberán ser utilizados o entrar en funcionamiento por primera vez.

Las instalaciones donde se va a desarrollar el proceso productivo, relacionadas con la maquinaria inherente al proyecto.

La obra menor relacionada con instalaciones y/o ubicación de maquinaria y bienes de equipo.

Los costes de inversión inmaterial de adquisición de tecnologías asociadas al proyecto o que tengan como finalidad el aumento de la capacidad productiva, fomenten la innovación y el diseño, y/o supongan una cooperación efectiva entre empresas, con un importe máximo subvencionable del 10% de la inversión total aprobada.

La redacción de proyectos, estudios de edificación y dirección facultativa, hasta un máximo del 6% de las inversiones totales aprobadas.

La construcción o ampliación de naves industriales o ganaderas para uso propio del solicitante.

La adecuación y equipamiento de oficinas y zonas de trabajo.

Quedan expresamente excluidas las inversiones en:

La compra de bienes de equipo usados.

La compra de vehículos de transporte, excepto cuando se trate de transportes interiores.

La adquisición de terrenos.

La adquisición de locales e inmuebles ya construidos.

Finanzas, inversiones financieras y similares.

Trabajos realizados para la propia empresa.

Fondos de comercio, derechos de traspaso y patentes.

La compra de animales.

Las inversiones destinadas a la producción de energía

La adquisición de empresas y/o sociedades o parte de las mismas.

En ningún caso se podrán considerar como subvencionables los gastos relativos a impuestos, licencias y tasas.

El plazo de presentación de solicitudes terminará el 14 de junio de 2019.

Para más información, pueden seguir este enlace.


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